Registro de Tratamiento de Datos Personales

En el año 2016 la Unión Europea aprobó el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que es de aplicación desde el 25 de mayo de 2018. Al tratarse de un Reglamento no necesita transposición al ordenamiento jurídico español, por lo que su contenido es directamente aplicable. 

Con el RGPD desaparece la obligación de notificar la inscripción de ficheros, tanto de responsables públicos o privados, en el Registro de Ficheros de la AEPD, o registro de la autoridad autonómica competente, sin perjuicio de la obligación de implementar un Registro de Actividades de Tratamiento. Los responsables y encargados de tratamientos de la Administración Local deben mantener este Registro de Actividades de Tratamiento por escrito, incluso en formato electrónico, que estará a disposición de la Autoridad de Control, en el que se incluya una descripción de los tratamientos de datos que realicen.

Se publica aquí el REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO que ha sido elaborado por los servicios administrativos con el contenido del RGPD, sobre la base de los ficheros de datos personales aprobados, publicados y comunicados en su día por el Ayuntamiento de Terradillos a la AEPD. 

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